24 Apr
La directiva 2015/413 de 11 de Marzo de 2015 trata las multas en el extranjero, pretende facilitar el intercambio de información sobre infracciones de tráfico entre países de la Unión Europea. Lo cual significa que a partir de esta Directiva las multas que os pongan en Alemania/Italia/Dinamarca o cualquier otro país firmante llegarán a casa como si se tratase de una multa por ir hablando por el móvil mientras vuelves a casa del trabajo.
Cualquier multa por exceso de velocidad, no ponerse el cinturón o el casco, saltarse un semáforo en rojo, conducir por un carril prohibido, conducir en estado de embriaguez o bajos los efectos de drogas así como hablar por teléfono mientras se conduce estará sujeta a este intercambio de información.
Todavía falta que España transponga la Directiva para que esta medida tenga plenos efectos y conocer todos los detalles, no obstante, el compromiso es realizarlo antes del 6 de mayo de 2015, estaremos atentos.
Fuente: Conflictus Legum
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